Restituir un DERECHO en Nicaragua, no es tan fácil como dicen. Y no estoy hablando al peso de la lengua. Hacerlo es como un viajecito largo. Casi como ir a Siuna por tierra. Es largo, cansado, aburrido y claro un dolor de culo, culpa de la carretera destruida. En este caso sería por la lentitud del sistema.En Nicaragua un Juicio de Restitución de Consignación (que en este caso no es más que reclamar una consignación por pago de Pensión Alimenticia) te puede llevar hasta un año. No es un juicio oral, es escrito; como se ventilaban estos casos antes de la aprobación del Código de Familia.
El rollo funciona así:
1. El consignante (padre del menor) deposita a nombre de la madre del menor, en la cuenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una cantidad de dinero que él considera ¨justa¨.
2. Luego introduce un escrito en el Juzgado de Familia (y le adjunta copia del boucher) diciendo que pagó la pensión referida al mes tal en favor del menor tal.
3. Introducido este escrito en el Juzgado de Familia, se procede a notificarle a la madre del menor.
4. Una vez notificada, ella deberá introducir en el mismo Juzgado de Familia un nuevo escrito diciéndole al juez que acepta la consignación.
5. Ahora habrá que esperar que el juez se pronuncie y emita un escrito ordenando a la Corte Suprema de Justicia, que entregue la plata.
6. Obvio, el escrito del juez lo debe llevar la madre del menor ante la Corte Suprema de Justicia, específicamente a la Oficina Pecuniaria, donde además presenta un nuevo escrito solicitando la Restitución de Consignación.
7. La Oficina Pecuniaria te entrega un documento que avala la solicitud y planifica una fecha de entrega del cheque de consignación. La fecha podría ser en una semana, pero como hacen muchos cheques es mejor llegar dos días después de la fecha programada.
8. En caja te entregan el cheque y muerto el rollo.
Un juicio por cada mes consignado. Con un sistema poco eficiente habrá que tener mucha paciencia. Podría durar un año o más, o con suerte y salga rápido. En mi caso la semana pasada logré restituirle el derecho de consignación a mi hijo en relación a su Pensión Alimenticia correspondiente a ENERO 2014. ¿Lento verdad?
Pero además es un proceso legal mal intencionado porque el padre puede depositar la plata en una cuenta bancaria de la madre y presentar el voucher como prueba del pago de Pensión Alimenticia. No obstante, la idea es curarse en salud frente al sistema, pero además desgastar, cansar y humillar a la madre durante el Juicio por Pensión Alimenticia. Los Juicios de Consignaciones suelen ser paralelos a los Juicios de Pensión Alimenticia. Mi reflexión es alrededor de como el sistema se colude con la irresponsabilidad de algunos hombres – padres.
Durante este año me he preguntado ¿cómo hacen las mujeres – madres que no trabajan? Y la respuesta es fácil: se enjaranan y probablemente la gran mayoría, ante la crisis, se verán forzadas a MEDIAR con su ex pareja para recibir con mayor prontitud el dinero por Pensión Alimenticia en favor de sus hij@s. Esto provoca que las madres acepten una cantidad mucho menor frente a los gastos de manutención.
No sé cómo va a funcionar con el nuevo Código de Familia. La verdad, no creo que cambie, porque es una figura del Código Procesal Civil que no sólo se utiliza en Juicios de Familia. Así que lo único que me resta aconsejarle a quienes llevan un juicio de esta naturaleza es; paciencia y fuerza. No normalicemos el no pago de una Pensión Alimenticia Justa. Somos nosotras las madres quienes debemos restituir ese derecho de los/las hijas.